Subrogación

Mecanismo legal (CCyC arts. 914-918) por el cual quien paga una deuda ajena ocupa el lugar del acreedor y adquiere sus derechos para reclamar al deudor.

Para propietarios

La subrogación es el mecanismo legal por el cual quien paga una deuda ajena ocupa el lugar del acreedor original y adquiere sus derechos para reclamarle al deudor. Está prevista en el Código Civil y Comercial (arts. 914 a 918).

En una garantía Monclair funciona así: cuando el inquilino deja de pagar y Monclair le abona al propietario lo adeudado, Monclair se subroga en los derechos del locador. Desde ese momento, es Monclair —y no el propietario— quien puede reclamarle la deuda al inquilino. Para el dueño, esto significa que después de cobrar deja de tener que perseguir a nadie: el derecho de cobro pasa a Monclair, que gestiona el recupero de forma extra-judicial por defecto.

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Subrogación: qué es y cómo funciona en un alquiler | Monclair