Intimación de pago
Comunicación formal y fehaciente por la que el locador exige al inquilino el pago de una obligación vencida dentro de un plazo determinado, dejando constancia del reclamo.
La intimación de pago es la comunicación formal y fehaciente por la cual el acreedor —en un alquiler, el locador— le exige al deudor que cumpla con una obligación vencida dentro de un plazo determinado. Suele cursarse por carta documento u otro medio que deje constancia de su recepción, y cumple dos funciones: dejar prueba del reclamo y del incumplimiento, y darle al deudor una última oportunidad de regularizar antes de avanzar por vías más severas.
En el marco de una garantía Monclair, el locador denuncia el incumplimiento a Monclair dentro de los 30 días corridos; a partir de ahí es Monclair quien activa la garantía, paga al locador y gestiona el reclamo al inquilino, sin que el propietario tenga que perseguir el cobro.
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