El depósito en garantía: cuánto, cómo se devuelve y con qué valor
Para el régimen posterior al DNU 70/2023, cantidad, moneda y devolución del depósito se pactan en el contrato; los contratos anteriores pueden conservar reglas diferentes.
Información general, no es asesoramiento legal
El régimen actual y su alcance
Para los alquileres de vivienda en Argentina, el artículo 1196 del Código Civil y Comercial permite acordar libremente las cantidades y la moneda entregadas como depósito en garantía, y la forma en que se devolverán al finalizar la locación. Es el texto introducido por el artículo 255 del DNU 70/2023. [1] [2]
Esta guía distingue ese régimen, iniciado el 29 de diciembre de 2023, de las reglas anteriores. La fecha surge de la publicación del DNU el 21 de diciembre de 2023 y de los artículos 5 y 6 del Código, sobre vigencia y cómputo. La revisión corresponde al 13 de octubre de 2026. [1] [2] [4]
Cuánto se entrega y en qué moneda
El artículo 1196 actual no fija un máximo expresado en meses de alquiler ni un importe obligatorio. Tampoco establece que el depósito deba entregarse en la misma moneda que el alquiler: habilita a pactar su cantidad y moneda. Esa libertad se encuadra en los límites de la ley y del orden público previstos en el artículo 958. [1]
El depósito y el alquiler tienen reglas que deben leerse por separado. El mismo artículo 1196 dispone que la periodicidad del pago no puede ser inferior a mensual. Esa regla sobre los pagos de la locación no establece un tope mensual para el monto del depósito. [1]
Cómo se devuelve y con qué valor
En el régimen actual, el artículo 1196 remite al acuerdo sobre la devolución al finalizar la locación. No contiene una fórmula obligatoria que convierta el depósito al valor del último alquiler, ni un plazo numérico general de devolución. Cantidad, moneda y condiciones de restitución dependen de lo válidamente pactado. [1]
El artículo 959 establece que el contrato válidamente celebrado obliga a las partes. Por eso, cuando incorpora una forma de actualización o devolución del depósito, esa estipulación integra sus obligaciones: no se reemplaza automáticamente por una regla histórica que el artículo 1196 actual ya no contiene. [1]
Qué decía el régimen anterior
La Ley 27.551, vigente desde el 1 de julio de 2020 por su artículo 23, había fijado otra solución para la vivienda: el depósito no podía superar el equivalente al primer mes de alquiler. Debía devolverse una suma equivalente al precio del último mes de la locación, o la parte proporcional si el depósito había sido inferior a un mes de alquiler. [3]
Ese texto exigía el reintegro en el momento de la restitución del inmueble. Ante servicios públicos domiciliarios o expensas del período contractual todavía no facturados, permitía acordar su pago según los últimos valores o retener una suma equivalente como garantía. Presentadas las constancias del pago de las facturas remanentes, las sumas retenidas debían restituirse de manera inmediata. Son reglas del texto histórico, no una descripción del artículo actual. [3]
El artículo 7 del Código excluye, como regla, la aplicación de nuevas leyes supletorias a contratos en ejecución y contempla una excepción para normas más favorables al consumidor en relaciones de consumo. La derogación no basta para dar por reemplazado el régimen de un contrato anterior. [1]
Devolución del inmueble y del depósito
El artículo 1210 exige restituir el inmueble como se recibió, excepto los deterioros del mero transcurso del tiempo y del uso regular, y entregar las constancias de pagos vinculados a la locación. Esa obligación no convierte todo desgaste en un descuento automático del depósito: las condiciones de devolución deben leerse junto con la regla contractual y el estado exigible del inmueble. [1]
Fuentes
- Ley 26.994 — Código Civil y Comercial de la Nación, texto actualizado — Argentina.gob.ar · Normativa, 2014-10-08.
- Decreto 70/2023 — Bases para la reconstrucción de la economía argentina — Boletín Oficial de la República Argentina, 2023-12-21.
- Ley 27.551 — Modificación del Código Civil y Comercial, texto original — Argentina.gob.ar · Normativa, 2020-06-30.
- Colegio de Escribanos: informe DNU 70/2023 — 2024-01-02.
Información general, no es asesoramiento legal. Revisada por IA · Redacción Monclair el 2026-10-13; fuentes al pie.
Qué significa para vos
Si alquilás
El artículo 1196 actual permite pactar la cantidad, la moneda y la forma de devolución del depósito. [1]
Si sos propietario
La restitución del inmueble excluye los deterioros del mero transcurso del tiempo y del uso regular, según el artículo 1210. [1]
Si trabajás en una inmobiliaria
El régimen anterior fijaba devolución al valor del último mes, por lo que la fecha y el marco del contrato importan. [3]
Fuentes oficiales
- Argentina.gob.ar · Normativa ·
Ley 26.994 — Código Civil y Comercial de la Nación, texto actualizado
https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-26994-235975/actualizacion - Boletín Oficial de la República Argentina ·
Decreto 70/2023 — Bases para la reconstrucción de la economía argentina
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/301122/20231221 - Argentina.gob.ar · Normativa ·
Ley 27.551 — Modificación del Código Civil y Comercial, texto original
https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-27551-339378/texto - Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires ·
DNU 70/23: informe de la Comisión de Integración Profesional, apartado Vigencia
https://www.colegio-escribanos.org.ar/2024/01/02/dnu-70-23-cuadro-comparativo-elaborado-por-la-comision-de-integracion-profesional/